ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
En Ciudad, a Fecha, entre Parte Reveladora, RUT N°
RUT Parte Reveladora, en adelante "la parte reveladora"; y Parte Receptora, RUT N°
RUT Parte Receptora, en adelante "la parte receptora", se acuerda lo siguiente:
PRIMERO: Objeto. Las partes mantendrán conversaciones e intercambiarán
información con el objeto de Propósito. Con ocasión de lo anterior, la parte reveladora
entregará información de carácter confidencial.
SEGUNDO: Información confidencial. Se entenderá por información confidencial toda
información técnica, comercial, financiera, de clientes, de productos o de negocios, entregada por
cualquier medio, sea o no rotulada como confidencial, con excepción de aquella que sea de dominio
público o que la parte receptora acredite haber conocido con anterioridad.
TERCERO: Obligaciones. La parte receptora se obliga a mantener estricta reserva
de la información confidencial, a no divulgarla a terceros sin autorización escrita, y a utilizarla
únicamente para el objeto señalado en la cláusula primera.
CUARTO: Plazo. Las obligaciones de confidencialidad se mantendrán vigentes
durante Plazo en Años años contados desde la fecha del presente acuerdo, con independencia
de que las conversaciones entre las partes lleguen o no a buen término.
QUINTO: Devolución. A requerimiento de la parte reveladora, la parte receptora
deberá devolver o destruir la información confidencial en su poder, y certificar por escrito el
cumplimiento de esta obligación.
SEXTO: Jurisdicción. Para todos los efectos legales las partes fijan domicilio en
la comuna de Comuna y se someten a la competencia de sus tribunales.
El presente acuerdo se firma electrónicamente por ambas partes.